Icono del sitio Sotavento News

En BCS se amplían los supuestos del delito de violencia familiar para ser perseguidos por oficio

La XVI Legislatura del Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó la
ampliación de los supuestos por los cuales el delito de violencia familiar y
violencia familiar equiparada en la entidad, se perseguirá de oficio y que ya no
sea necesario presentar una denuncia.
Integrantes del pleno aprobaron el dictamen de la Comisión Permanente de
Puntos Constitucionales y de Justicia referente a dos iniciativas para reformar los
artículos 200, 201 y 202 del Código Penal del Estado a fin de modificar que los
delitos de violencia familiar y violencia familiar equiparada ya no se sigan por
querella, es decir sin necesidad de que se investigue y se castigue solo a solicitud
de la víctima.
Ambas iniciativas fueron propuestas por separado por las diputadas Eda María
Palacios Márquez (PRS) y María Guadalupe Moreno Higuera (Morena) ante el
crecimiento de los casos de los diferentes tipos de violencia, sobre todo durante
el tiempo de pandemia.
La diputada Eda María Palacios Márquez (PRS) reiteró que con esta reforma, el
delito de violencia familiar se podrá seguir por oficio en los supuestos de que: sea
menor de edad, incapaz o no tenga la capacidad de comprender el significado del
hecho; presente una discapacidad sensorial, física o mental, total o parcial,
temporal o permanente; sea mayor de sesenta años de edad; sea una mujer en
estado de embarazo o durante los tres meses posteriores al parto, y exista
imposibilidad de la víctima de denunciar.
Además de que las instituciones de impartición de justicia tendrán mayores
elementos para actuar;
Por su parte la diputada María Guadalupe Moreno, propuso además reformar los
artículos 17 y 35 de la Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia para el

Estado de Baja California Sur, con la que una vez publicado el
decreto, quedará establecido que “En materia de violencia política contra las
mujeres en razón de género, el Tribunal Estatal Electoral y el Instituto Estatal
Electoral, podrán solicitar a las autoridades competentes el otorgamiento de las
medidas de protección.
Asimismo en el artículo 35 de la misma ley quedará establecido como
obligaciones del Poder Legislativo del Estado el “mantener actualizadas,
promover y difundir las leyes que tengan por objeto prevenir, atender, sancionar y
erradicar la violencia contra las mujeres”, así como que a través de la Auditoría
Superior del Estado se revisen las cuentas públicas de las entidades fiscalizadas
del Estado y municipios; vigilar el puntual y transparente ejercicio de las partidas
presupuestales destinadas a los programas y políticas relacionados con la
prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia hacia las mujeres.
En el debate la diputada María Luisa Ojeda discrepó que sin previa comunicación
se le dio tramite al dictamen, pasando por su persona como presidenta de la
Comisión de Igualdad de género; aclaró estar a favor del sentido del dictamen
porque beneficia a las mujeres sudcalifornianas, ya que amplía los supuestos por
los cuales se persigue de oficio el delito de violencia, pero subrayó estar en
desacuerdo de las formas.

Salir de la versión móvil